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Reglas claras para tuitear en la oficina

Un trabajador puede tuitear o enviar un watsap durante su jornada laboral, ¿o sólo en los momentos de descanso? ¿Un empleado debe poner en su perfil de Facebook para qué empresa trabaja, sin avisar a sus inmediatos responsables? ¿Hay que usar el correo electrónico corporativo para cuestiones estrictamente profesionales?

“La implantación en cada compañía de reglas sobre el uso de los dispositivos electrónicos y las redes sociales en el trabajo es diferente, porque depende de su cultura empresarial; lo fundamental es que todo el mundo ha de tener claro cuáles son los límites”, explicó ayer Salvador Rey, presidente del Instituto Cuatrecasas de Estrategia Legal en Relaciones Laborales.

Por ello, en su informe sobre la empresa y las redes sociales recomiendan a “todas las empresas” que establezcan, apoyados en la negociación colectiva, unas normas no sólo para el uso del portátil o el móvil corporativo, sino también para Twitter, Linkedin, Facebook o cualquier otra red social, porque pueden afectar a la productividad y a la imagen de la compañía. Estas reglas han de ser “exactas, claras y accesibles” para los empleados, deben “atender a las necesidades productivas de la empresa” y exigen una aplicación “regular y coherente”. En el ámbito privado del trabajador, especifican que la regulación sobre las redes afecta básicamente al uso del nombre de la empresa. “La mayoría de las empresas regula el e-mail y el porcentaje cae para otras comunicaciones por vía telemática; pero muchos de estos códigos no se conocen o no se encuentran fácilmente, además de aplicarse de forma esporádica o errática”, resumió el director del Instituto Cuatrecasas, Guillermo Tena.

Una encuesta de Adecco del 2016 concluía que la cuarta parte de las compañías ya ha impuesto restricciones a su plantilla a la hora de navegar por internet. Otro 20% tenía un protocolo sobre el e-mail. Una de cada cinco compañías admitía que la mayoría de sus trabajadores usaban las redes sociales para asuntos personales.

Ante la ausencia de una legislación específica, explican los autores del informe, el marco de referencia de las sucesivas sentencias sobre el uso de ordenadores, correo electrónico e internet se ha ido trasladando al de las redes sociales, tanto desde páginas o perfiles corporativos –“que son un medio de organización y desarrollo de prestación de servicios”– como en el ámbito privado. Según Salvador Rey, este tipo de conflictos que afectan a la libertad de expresión y la libertad de información “es una de las cuestiones sobre las que más se están pronunciando los tribunales”.

Por otro lado, el avance de una tecnología que facilita una conectividad ininterrumpida también está desdibujando las fronteras de la jornada laboral. El fenómeno es imparable, advirtió Rey, al tiempo que defendió la obligación de garantizar el descanso de los trabajadores. “Las empresas no pueden eludir más cómo afrontar la política de desconexión de los empleados, porque la hiperconexión en el ámbito de las relaciones laborales no va a disminuir”. La regulación del derecho a la desconexión del trabajo (aprobada a principios de este año en Francia y que ha de fijar en qué circunstancias un trabajador, fuera del horario laboral, no tiene por qué estar pendiente de watsaps o e-mails del jefe) es uno de los aspectos que el Ministerio de Empleo puso sobre la mesa de negociación con los agentes sociales al inicio de la legislatura. Rey explicó ayer que el anuncio hace unos meses de la ministra de Empleo, Fátima Báñez, ha dejado en suspenso iniciativas de algunas empresas. “Están a la expectativa”, apuntó. De momento, no hay avances en la mesa de diálogo abierta por el Gobierno.

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Alicia Rodríguez de Paz (La Vanguardia)

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“La implantación en cada compañía de reglas sobre el uso de los dispositivos electrónicos y las redes sociales en el trabajo es diferente, porque depende de su cultura empresarial; lo fundamental es que todo el mundo ha de tener claro cuáles son los límites”, explicó ayer Salvador Rey, presidente del Instituto Cuatrecasas de Estrategia Legal en Relaciones Laborales.

Por ello, en su informe sobre la empresa y las redes sociales recomiendan a “todas las empresas” que establezcan, apoyados en la negociación colectiva, unas normas no sólo para el uso del portátil o el móvil corporativo, sino también para Twitter, Linkedin, Facebook o cualquier otra red social, porque pueden afectar a la productividad y a la imagen de la compañía. Estas reglas han de ser “exactas, claras y accesibles” para los empleados, deben “atender a las necesidades productivas de la empresa” y exigen una aplicación “regular y coherente”. En el ámbito privado del trabajador, especifican que la regulación sobre las redes afecta básicamente al uso del nombre de la empresa. “La mayoría de las empresas regula el e-mail y el porcentaje cae para otras comunicaciones por vía telemática; pero muchos de estos códigos no se conocen o no se encuentran fácilmente, además de aplicarse de forma esporádica o errática”, resumió el director del Instituto Cuatrecasas, Guillermo Tena.

Una encuesta de Adecco del 2016 concluía que la cuarta parte de las compañías ya ha impuesto restricciones a su plantilla a la hora de navegar por internet. Otro 20% tenía un protocolo sobre el e-mail. Una de cada cinco compañías admitía que la mayoría de sus trabajadores usaban las redes sociales para asuntos personales.

Ante la ausencia de una legislación específica, explican los autores del informe, el marco de referencia de las sucesivas sentencias sobre el uso de ordenadores, correo electrónico e internet se ha ido trasladando al de las redes sociales, tanto desde páginas o perfiles corporativos –“que son un medio de organización y desarrollo de prestación de servicios”– como en el ámbito privado. Según Salvador Rey, este tipo de conflictos que afectan a la libertad de expresión y la libertad de información “es una de las cuestiones sobre las que más se están pronunciando los tribunales”.

Por otro lado, el avance de una tecnología que facilita una conectividad ininterrumpida también está desdibujando las fronteras de la jornada laboral. El fenómeno es imparable, advirtió Rey, al tiempo que defendió la obligación de garantizar el descanso de los trabajadores. “Las empresas no pueden eludir más cómo afrontar la política de desconexión de los empleados, porque la hiperconexión en el ámbito de las relaciones laborales no va a disminuir”. La regulación del derecho a la desconexión del trabajo (aprobada a principios de este año en Francia y que ha de fijar en qué circunstancias un trabajador, fuera del horario laboral, no tiene por qué estar pendiente de watsaps o e-mails del jefe) es uno de los aspectos que el Ministerio de Empleo puso sobre la mesa de negociación con los agentes sociales al inicio de la legislatura. Rey explicó ayer que el anuncio hace unos meses de la ministra de Empleo, Fátima Báñez, ha dejado en suspenso iniciativas de algunas empresas. “Están a la expectativa”, apuntó. De momento, no hay avances en la mesa de diálogo abierta por el Gobierno.

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