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El cambio de puesto de trabajo para embarazadas con riesgo estará bonificado

El año que viene, los empresarios que permitan cambiar de puesto de trabajo a las mujeres por riesgo laboral durante los embarazos o en el periodo de lactancia podrán reducir a la mitad la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes.

El Gobierno sigue empeñado en resaltar su rostro social antes de las elecciones generales. A partir del año que viene, los empresarios que permitan cambiar de puesto de trabajo a las mujeres por riesgo laboral durante los embarazos o en el periodo de lactancia podrán reducir a la mitad la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes. Así lo recoge el proyecto de Presupuestos de 2008 que actualmente está en tramitación parlamentaria, por lo que la medida podría sufrir modificaciones.

Hasta el momento, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales sólo contempla la posibilidad de que las embarazadas soliciten el cambio del puesto de trabajo, pero sin que los empresarios se acojan a beneficios por ello. Esta bonificación, afirman desde la Seguridad Social, se mantendrá durante el tiempo que dure el embarazo o la lactancia.

La medida se suma a la prestación de la que ya pueden disfrutar las trabajadoras cuando el desempeño de sus tareas laborales suponga algún riesgo para el embarazo o la lactancia, lo que entró en vigor en marzo de este año con la Ley de Igualdad.

La iniciativa fue calificada como "muy positiva" por la secretaria confederal de la mujer de Comisiones Obreras, Carmen Bravo. "Es un paso, pero es importante", declaró la responsable sindical, quien añadió; "el 50% es una bonificación significativa, y además se reduce el coste, ya que el empresario sigue cotizando igualmente".

La Seguridad Social extiende la medida para los empresarios que acepten los cambios en puestos de trabajo de quienes se encuentren aquejados por alguna enfermedad laboral, siempre y cuando el nuevo destino se adapte al estado del afectado. El objetivo es impedir que "la falta de protección social obligue [al trabajador]" a llegar a la invalidez. Según explican fuentes del instituto público, ésta también es una iniciativa novedosa que cuenta con un precedente en el Estatuto del Minero para aquellos afectados por silicosis.

El organismo dirigido por Octavio Granado justifica esta última medida con el argumento de que "la falta de protección social ante las situaciones de enfermedad profesional en las que la afección es sólo parcial ha sido objeto de frecuentes críticas tanto de trabajadores como de empresarios".

Acceso a Jornada de la Fundació "La salud laboral desde una perspectiva de género" (09/05/2007): http://www.factorhuma.org/ficha.php?id_ficha=5857

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Una empresa deberá restituir como jefa a una empleada despedida por reducir su jornada laboral

(El País)

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El año que viene, los empresarios que permitan cambiar de puesto de trabajo a las mujeres por riesgo laboral durante los embarazos o en el periodo de lactancia podrán reducir a la mitad la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes.

El Gobierno sigue empeñado en resaltar su rostro social antes de las elecciones generales. A partir del año que viene, los empresarios que permitan cambiar de puesto de trabajo a las mujeres por riesgo laboral durante los embarazos o en el periodo de lactancia podrán reducir a la mitad la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes. Así lo recoge el proyecto de Presupuestos de 2008 que actualmente está en tramitación parlamentaria, por lo que la medida podría sufrir modificaciones.

Hasta el momento, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales sólo contempla la posibilidad de que las embarazadas soliciten el cambio del puesto de trabajo, pero sin que los empresarios se acojan a beneficios por ello. Esta bonificación, afirman desde la Seguridad Social, se mantendrá durante el tiempo que dure el embarazo o la lactancia.

La medida se suma a la prestación de la que ya pueden disfrutar las trabajadoras cuando el desempeño de sus tareas laborales suponga algún riesgo para el embarazo o la lactancia, lo que entró en vigor en marzo de este año con la Ley de Igualdad.

La iniciativa fue calificada como "muy positiva" por la secretaria confederal de la mujer de Comisiones Obreras, Carmen Bravo. "Es un paso, pero es importante", declaró la responsable sindical, quien añadió; "el 50% es una bonificación significativa, y además se reduce el coste, ya que el empresario sigue cotizando igualmente".

La Seguridad Social extiende la medida para los empresarios que acepten los cambios en puestos de trabajo de quienes se encuentren aquejados por alguna enfermedad laboral, siempre y cuando el nuevo destino se adapte al estado del afectado. El objetivo es impedir que "la falta de protección social obligue [al trabajador]" a llegar a la invalidez. Según explican fuentes del instituto público, ésta también es una iniciativa novedosa que cuenta con un precedente en el Estatuto del Minero para aquellos afectados por silicosis.

El organismo dirigido por Octavio Granado justifica esta última medida con el argumento de que "la falta de protección social ante las situaciones de enfermedad profesional en las que la afección es sólo parcial ha sido objeto de frecuentes críticas tanto de trabajadores como de empresarios".

Acceso a Jornada de la Fundació "La salud laboral desde una perspectiva de género" (09/05/2007): http://www.factorhuma.org/ficha.php?id_ficha=5857

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