Borja Adsuara Varela, experto en Derecho y Estrategia Digital: "Será importante esta sentencia, porque será la primera vez que el Alto Tribunal se pronuncie sobre el polémico asunto de los trabajadores de las plataformas digitales y, en especial, sobre la naturaleza jurídica y el régimen aplicable a los repartidores: si son trabajadores por cuenta ajena o propia."
Es habitual que los empleados no quieran salir a la luz si han denunciado internamente un delito en su organización para evitar posibles represalias. Es por eso que el whistleblowing ha sido incluido recientemente en una directiva del Parlamento Europeo y que el Tribunal Supremo destaca su importancia en el caso de condenas por estafa.
El abogado general de la Unión Europea contradice al Supremo y dice que las empresas deben computar diariamente las horas de trabajo. En este sentido, uno de los aspectos que más preocupa a las empresas es que la futura regulación sea lo suficientemente flexible como para que tengan cabida todas las situaciones en las que se trabaja ahora gracias a la digitalización.
La polémica sobre si las empresas están o no obligadas a registrar a diario la jornada de sus trabajadores podría haber llegado a su fin. Y el veredicto es que no están obligadas. Así lo acaba de admitir la Inspección de Trabajo, después de dos sentencias del Tribunal Supremo en ese sentido, que ya han dictado jurisprudencia.
Los trabajadores que decidan acceder a una jubilación parcial podrán concentrar su jornada reducida en un solo año y, de esta forma, dejar de trabajar antes. Así lo ha corroborado el Tribunal Supremo en una segunda sentencia en este sentido, con fecha del 29 de marzo.
La Sala IV del Tribunal Supremo ha establecido en su sentencia de 23 de marzo de 2017 que las empresas no están obligadas a llevar un registro de la jornada diaria de toda la plantilla para comprobar el cumplimiento de la jornada laboral y horarios pactados, y sólo deben llevar un registro de horas extras realizadas.
Las empresas deberán indemnizar por despido improcedente a los trabajadores extranjeros que pierdan su permiso de trabajo y residencia en España, lo que obliga a interrumpir la relación laboral. El Tribunal Supremo ha fallado que la pérdida sobrevenida por parte del empleado de la autorización para residir y trabajar en España no es una causa válida de extinción del contrato.
Abrir el lote de Navidad es uno de los acontecimientos anuales destacados en cualquier casa, por poco que prometa la cesta. Y parece que lo seguirá siendo, puesto que una sentencia el Tribunal Supremo considera que es un derecho adquirido que las empresas están obligadas a mantener aunque su situación económica empeore.
Un juez del TSJ de Madrid ha dado validez a una baja voluntaria comunicada por una aplicación de mensajería móvil al superior, ya que se le considera 'enterado' al haber respondido por este mismo medio.
La reforma laboral de 2012 pretendía minimizar el papel de los jueces en la evaluación de la proporcionalidad o razonabilidad de los despidos y que estos ejercieran un jucio más limitado. Sin embargo han aflorado diferencias interpretativas por parte de los magistrados a la hora de evaluar las causas de los despidos.
La Sala Civil del Tribunal Supremo así lo ha establecido al rechazar el recurso presentado por el apoderado de una empresa en Bizkaia que pedía que una trabajadora a la que había despedido le indemnizara con 3.000 euros. La Sala de lo Civil señala que el empleador actuó como representante de la compañía.
El Tribunal Supremo se ha convertido en protagonista frente a la puesta en marcha de la reforma laboral al generar duros fallos contra la nueva norma y anular más de 25 Expedientes de Regulación de Empleo. El Alto Tribunal ha decidido que sigan vigentes las condiciones laborales pactadas en los convenios antiguos y caducados, mientras no sean sustituidas por uno nuevo pactado por la empresa y los trabajadores.
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha declarado discriminatorio el convenio colectivo de una empresa de 1.089 trabajadores que excluyó a los nuevos empleados del periodo remunerado de 30 minutos de descanso para el bocadillo alegando razones económicas. Este derecho se mantenía para el resto de trabajadores.
Un fallo en firme del Tribunal Supremo abre la puerta a que las compañías despidan para más adelante subcontratar y, de esta forma, "asegurar su viabilidad o apuntalar la competitividad".
El Alto Tribunal incluye en estos siniestros aquellos supuestos en los que el trabajador tiene que desplazarse desde su domicilio familiar hasta su lugar de residencia habitual por razones laborales.
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo (TS) ha establecido que las tasas judiciales impuestas por el Gobierno de Mariano Rajoy no serán exigibles a los trabajadores, beneficiarios de la Seguridad Social, funcionarios o personal estatutario que interpongan recursos de casación o súplica en el orden social.
No entregar suficiente documentación para demostrar que estaba justificado el despido de 28 trabajadores le ha costado a Talleres López Gallego la anulación definitiva del ERE. El Tribunal Supremo ha confirmado la anulación del despido colectivo que esta empresa puso en marcha 11 días después de que se aprobara la reforma laboral y que ya había sido anulado por el Tribunal Superior de Madrid.
El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso presentado por dos trabajadoras contra un sindicalista que alertó al director de que la relación afectiva que mantenían estaba afectando al buen funcionamiento de la empresa, al concluir que frente al derecho a la intimidad prevalecen las funciones del demandado que, como miembro del Comité de Empresa, "ha de colaborar con el mantenimiento e incremento de la productividad".
El Tribunal Supremo ha dado la razón a las enfermeras de una clínica gaditana que denunciaron la obligación de trabajar con falda, delantal y cofia. Según la legislación española, las empresas pueden decidir los uniformes, pero sin discriminar a las trabajadoras ni reproducir estereotipos de género.