El papel de las organizaciones en la vacunación de sus empleados puede desatar algunas controversias. Por eso, la Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo de EEUU ha dado a conocer a las empresas algunas de sus recomendaciones a través de una guía. Human Resource Executive Magazine recoge las más relevantes para Recursos Humanos.
¿Es aceptable discutir sobre política en el lugar de trabajo? Lo cierto es que los conflictos derivados de este tipo de discusiones pueden ser perjudiciales para las organizaciones pero, tal y como explican desde Human Resource Executive Magazine analizando el reciente caso de las elecciones presidenciales de EEUU, prohibirlas puede llegar a ser contraproducente.
La llegada de la vacuna ha de permitir dar unos pasos hacia la normalidad, pero a su vez ha abierto un nuevo debate. ¿Es posible que la empresa evite contratar a un trabajador si este no quiere vacunarse contra la Covid-19? El Comité Económico y Social Europeo avala la potestad del empresario, según afirma la presidenta de este órgano consultivo de la Unión Europea, Christa Schweng.
Recientemente se han producido avances significativos que apuntan a la efectividad de algunas vacunas contra el coronavirus. Se dibuja, pues, un horizonte esperanzador para muchos negocios que están sufriendo las consecuencias económicas del virus. Sin embargo, la ley establece la voluntariedad de los tratamientos. Así pues, ¿las compañías podrán solicitar la obligatoriedad de la vacuna?
Jesús Lahera Forteza, Catedrático de Derecho del Trabajo UCM y Consultor en AbdónPedrajas: "La opción del Decreto-Ley 28/2020 (DL 28), fruto de un precipitado acuerdo social, ha sido, prácticamente, desregular el masivo trabajo a distancia en situaciones de pandemia del Covid-19 y normativizar, de manera muy formalizada y rígida, el futuro trabajo a distancia estructural. Es una decisión política, a mi juicio, errónea y contraproducente."
Todos los expertos apuntan a que la futura Ley de Igualdad verá la luz antes de que finalice el año 2020. El texto del borrador conocido hasta la fecha sume a las empresas en un complejo procedimiento que genera no pocas dudas respecto a su correcto cumplimiento. En el Webinar “Igualdad: La normativa que viene”, recogimos una buena muestra de ellas, a las que ahora damos cumplida respuesta.
El dia 13 de octubre entró en vigor la ley que regula el teletrabajo en España. Según este decreto ley aprobado por el Gobierno, el trabajo a distancia será voluntario y reversible y sus condiciones deberán ser pactadas entre ambas partes. Además, los costes derivados de este deberán ser sufragados o compensados por la empresa y no deberán ser asumidos por la persona trabajadora.
Cada vez es más evidente que los aerosoles son una vía importante de contagio de la covid-19. Sin embargo, los protocolos de la mayor parte de centros de trabajo no contemplan esta vía de contagio y algunas organizaciones esperan a tener certezas para revisar sus iniciativas actuales y realizar las modificaciones pertinentes. Los sindicatos tampoco tienen ninguna iniciativa específica para hacer hincapié sobre el fenómeno.
¿Están llegando a su fin las historias de amor en la oficina? The Economist explica que la expansión del teletrabajo derivada de la situación actual de crisis está influyendo significativamente en el declive de las relaciones sentimentales entre compañeros de trabajo. Sin embargo, su disminución ya venía de antes por las diversas problemáticas éticas o legales que pueden conllevar.
Tras meses de negociaciones, el Consejo de Ministros ha dado luz verde a un decreto para regular el trabajo a distancia, que entrará en vigor a los 20 días de su publicación en el BOE. El texto del decreto establece que la ley no se aplicará si el trabajo en remoto está forzado por la pandemia. Sin embargo, la empresa tendrá que asumir igualmente los gastos que supone el teletrabajo para el empleado.
El trabajo en remoto se ha convertido en algo habitual debido a la pandemia de coronavirus. Sin embargo, debemos plantear cuáles son sus ventajas e inconvenientes en términos económicos. ¿Cuánto ahorran trabajadores y empresas o qué gastos añadidos supone esta forma de trabajar para ambas partes? Aunque se podría pensar que el teletrabajo es sinónimo de ahorro, los expertos advierten que la realidad es compleja.
Debido a la pandemia de la Covid-19 muchas empresas se vieron obligadas a optar por el teletrabajo durante las semanas de confinamiento. Además, parece que el trabajo en remoto ha llegado para quedarse. Ante esta situación, el Gobierno está planteando una ley del teletrabajo en la que no solo se plantean aspectos como la desconexión digital o los costes derivados de trabajar a distancia, sino que también se reserva un apartado a la prevención de riesgos laborales en el hogar.
Las pequeñas y medianas empresas tendrán que dotar de flexibilidad de elección del tramo a trabajar, y hacerse cargo de todos los gastos, según el ante proyecto de Ley.
El empleo a distancia ha irrumpido por emergencia en miles de empresas, pero hay que organizarlo y se abre la discusión para establecer las reglas. Según el anteproyecto de ley que prepara el gobierno, el teletrabajo será voluntario, la empresa deberá pagar todos los costes, el trabajador puede negociar un horario flexible y tiene derecho a desconectar.
Videoconferencia con las Directoras y los Directores de Personas de las organizaciones asociadas a la Fundació Factor Humà para hablar de lo que está suponiendo el teletrabajo en tiempos de la Covid-19. Nos acompañó Ana Alós, Socia de Uría Menéndez, miembro de nuestra Comisión Consultiva y una gran conocedora de la materia en su vertiente legal.
La lucha contra los falsos autónomos encabeza la larga lista de prioridades del nuevo equipo del Ministerio de Trabajo. La máxima responsable del departamento, Yolanda Díaz, anunció ayer en el Congreso que será su “siguiente iniciativa”, ya que está ultimando una modificación legal que aclarará que los trabajadores de plataformas digitales son asalariados y no autónomos.
El Gobierno debe transponer antes de julio del próximo año la última Directiva europea de Desplazamiento de trabajadores dentro de la UE que se aprobó en junio de 2018. Esta norma establece nuevas exigencias a las empresas y a las administraciones públicas para garantizar que los trabajadores que son desplazados temporalmente por sus empresas a otros países tienen las mismas garantías salariales y laborales que los empleados del Estado al que viajan.
En este documento nos referiremos a las herramientas que las organizaciones ponen o deberían poner al servicio de sus personas colaboradoras para que puedan alertar de irregularidades detectadas en la empresa o institución: corrupción, fraude, acoso o cualquier incumplimiento de la ley o la normativa y la ética corporativas. En inglés, la acción de delatar en este contexto se denomina whistleblowing. El fenómeno tiene mayor trayectoria en el mundo anglosajón.
A pesar de que muchas empresas hayan admitido un código de vestimenta mucho menos estricto que antaño, los pantalones cortos siguen siendo el gran tabú masculino. Algunos firmes detractores de la prenda piensan que es la única regla de vestimenta que jamás se debería romper, puesto que en el mundo en el que vivimos, la gente no se toma a un hombre en pantalón corto como a alguien serio.
La campaña en redes lanzada por Yumi Ishikawa, una joven de Tokio, pone de relieve las estrictas normas de etiqueta en el país asiático. La trabajadora reclama que las empresas no puedan exigir a sus empleadas que calcen a diario tacones de entre 5 y 7 centímetros. La petición ha dado pie a un movimiento social conocido como #KuToo, aprovechando el juego de palabras entre "Kutsu" (zapato) y "Kutsuu" (dolor).
El ámbito de los Recursos Humanos deberá adaptar su realidad a los nuevos retos que plantea la Ley de Secretos Empresariales. La información es poder y el poder bien puede formar parte de un secreto empresarial que al fin y al cabo no deja de constituir una ventaja competitiva. Por eso, es absolutamente recomendable revisar las cláusulas de confidencialidad incluidas en los contratos de trabajo.
Para que los trabajadores conozcan sus obligaciones y competencias, así como los modelos de gestión de riesgos de la empresa, es fundamental la formación interna en materia de cumplimiento normativo. Y es importante no solo para las grandes empresas, sino también para las pymes. Es por eso que las empresas con experiencia en esta materia se pueden convertir en guías a la hora de diseñar el plan formativo de aquellas que tienen poco presupuesto.
El ‘business casual’ se impone en la indumentaria masculina en el trabajo, y bancos como Goldman Sachs o Santander relajan sus códigos de vestimenta. Se trata de una tendencia muy ligada a los cambios de hábitos que ha experimentado la sociedad en los últimos años. Actualmente, se fomenta la cultura del deporte, lo cual se ha traducido al terreno de la moda en un estilo de ropa más informal.
En España, entre el 20% y el 30% de personas tienen impresos símbolos, dibujos, letras o cualquier otra cosa imaginable en su piel, porque los tatuajes han ganado mucha popularidad. Pero algunas de ellas pueden tener problemas para conseguir o mantener su puesto de trabajo si esos tatuajes son visibles, sobre todo en el rostro, el cuello o las manos.
Federico Duran López, Catedrático de Derecho del Trabajo y Consejero de Garrigues: "La recuperación de las facultades empresariales de ordenación de las actividades productivas y de las relaciones laborales, propiciada por la reforma de 2012, ha estado durante todos estos años sujeta a los avatares de una doctrina judicial en gran parte reticente a cualquier alejamiento, por mínimo que fuese, de los tradicionales esquemas protectores del trabajo."
La tecnológica estadounidense Intel ha relevado a su consejero delegado mundial. No por problemas con la cuenta de resultados, ni por presiones de los accionistas, ni por choques con el consejo de administración. Lo que ha acabado con Brian Krzanich, de 58 años, quien llevaba al frente de la compañía desde 2013, ha sido una relación sentimental estable y consensuada con una subordinada.
Ciertos trabajos se han relacionado tradicionalmente con llevar traje, por ejemplo, en los sectores financiero o jurídico. No obstante, parece que la tendencia a la formalidad en el trabajo va en declive. Este artículo de Financial Times analiza la confusión que provoca actualmente un código de vestimenta laboral cada vez más laxo tanto para hombres como para mujeres.
La justicia rechaza la imposición injustificada, por parte de ciertas empresas, de determinada vestimenta solo para mujeres. Desde un uniforme diferenciado respecto a los compañeros de trabajo, hasta la obligación de acudir maquillada. Algunos de estos casos han terminado en los tribunales, con distinta suerte.
El término “Compliance” acompañado del adjetivo “laboral” suena con una inusitada fuerza entre los responsables de recursos humanos de las empresas, siendo uno de los objetos de obsesión del mundo jurídico durante los últimos tiempos.
Las relaciones sentimentales entre empleados o con clientes, proveedores o competidores comprometen a la empresa. Este tipo de casos sitúan a las empresas en situaciones comprometidas, planteándose un problema con vertiente laboral y también con efectos en materia de ética empresarial y cumplimiento normativo.